Art. 51
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Modalidad de actos jurídicos documentados

Art. 51

58 / 99
En vigor desde 31 oct 2017
El tipo impositivo aplicable a los documentos notariales que formalicen la constitución de derechos reales de garantía cuyo sujeto pasivo sea una sociedad de garantía recíproca que tenga su domicilio fiscal en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja será del 0,3%.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2017/10/27/10#art-51