Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Naturaleza y objeto del impuesto
Art. 4
4 / 99En vigor desde 31 oct 2017
A efectos de este impuesto, el concepto de residuo en sus distintos tipos, así como el de valorización, eliminación y demás términos propios de la legislación medioambiental se definirán de acuerdo con lo establecido en las normativas autonómica y estatal sobre residuos y en la normativa comunitaria de obligado cumplimiento.
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Proeli/es-ri/l/2017/10/27/10#art-4