Art. 3
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

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En vigor desde 24 may 2017
Son fines de esta ley: 1. Fomentar y garantizar el derecho a la participación directa de la ciudadanía en la gestión de los asuntos públicos mediante la presentación de proposiciones de ley sobre aquellas cuestiones que sean de su interés. 2. Potenciar la interacción entre la ciudadanía y Les Corts, como institución de la Generalitat que encarna el ejercicio de la potestad legislativa y representa la voluntad del pueblo valenciano. 3. Facilitar que Les Corts se abran al debate sobre materias que, no formando parte habitualmente de la agenda parlamentaria, puedan ser de interés para la ciudadanía. 4. Hacer de la iniciativa legislativa popular una vía ágil, útil y práctica de expresión, tanto para el conjunto de la sociedad como para colectivos con intereses comunes. 5. Poner al alcance de la ciudadanía un procedimiento simplificado para ejercer la iniciativa legislativa popular, como vehículo para el ejercicio del derecho fundamental a la participación en los asuntos públicos.
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eli/es-vc/l/2017/05/11/10#art-3