Título TÍTULO II
Art. Disposición adicional quinta
34 / 45En vigor desde 19 mar 2019
1. (Anulado).
2. (Anulado).
3. (Anulado).
4. El Gobierno de Aragón fomentará la suscripción de convenios con otras Administraciones públicas aragonesas para implantar un sistema de mediación hipotecaria coordinado que evite solapamientos entre ellas.
Se declaran inconstitucionales y nulos los apartados 1 a 3 por Sentencia de TC 21/2019, de 14 de febrero. Ref. BOE-A-2019-3982 Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación por auto del TC de 7 de febrero de 2018. Ref. BOE-A-2018-1969 Se declara la suspensión de la vigencia y aplicación de este precepto, desde el 12 de septiembre de 2017 para las partes en el proceso y desde el 12 de octubre de 2017 para los demás, por providencia del TC de 3 de octubre de 2017, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4403/2017. Ref. BOE-A-2017-11694
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2016/12/01/10#disposicion-adicional-quinta