Art. 5
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 19 mar 2019
1. (Anulado). 2. (Anulado). 3. (Anulado). 4. (Anulado). 5. El departamento competente del Gobierno de Aragón habilitará los medios necesarios para informar y orientar a las personas y unidades de convivencia perceptoras de prestaciones económicas de carácter social en los supuestos de embargo. Se declaran inconstitucionales y nulos los apartados 1 a 4 por Sentencia de TC 21/2019, de 14 de febrero. Ref. BOE-A-2019-3982 Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación de los apartados 1 a 4 por auto del TC de 7 de febrero de 2018. Ref. BOE-A-2018-1969 Se declara la suspensión de la vigencia y aplicación de los apartados 1 a 4, desde el 12 de septiembre de 2017 para las partes en el proceso y desde el 12 de octubre de 2017 para los demás, por providencia del TC de 3 de octubre de 2017, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4403/2017. Ref. BOE-A-2017-11694

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Pro

eli/es-ar/l/2016/12/01/10#art-5