Título TÍTULO IV
Art. Disposición final séptima
22 / 23En vigor desde 28 may 2015
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, la Administración General del Estado iniciará los trámites necesarios para conseguir la plena transferencia al Inventario General de Patrimonio Cultural Inmaterial de los datos que, referidos al patrimonio cultural inmaterial de las distintas Administraciones Públicas, obren actualmente en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.
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Proeli/es/l/2015/05/26/10#disposicion-final-septima