Título TÍTULO V
Art. Disposición final octava
72 / 73En vigor desde 26 jun 2015
El Gobierno debe garantizar, mediante los presupuestos de la Generalidad, una financiación suficiente que asegure la aplicación efectiva de la presente ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2015/06/19/10#disposicion-final-octava