Título TÍTULO V
Art. Disposición adicional segunda
55 / 73En vigor desde 26 jun 2015
El personal funcionario que preste servicios en el Instituto Catalán de las Cualificaciones Profesionales se integra en la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña de acuerdo con la relación de puestos de trabajo que se apruebe.
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Proeli/es-ct/l/2015/06/19/10#disposicion-adicional-segunda