Art. 7
Título TÍTULO I

Art. 7

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En vigor desde 26 jun 2015
1. La Administración local tiene facultades de información, orientación y políticas activas de empleo en el marco determinado por la presente ley y la ley que regula el Servicio Público de Empleo de Cataluña. 2. La Administración local forma parte de los órganos rectores y de participación del sistema de formación y cualificación profesionales.
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