Art. Disposición adicional octava
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional octava

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En vigor desde 17 mar 2015
El departamento de la Xunta de Galicia competente en materia de accesibilidad remitirá al Parlamento, con carácter bienal, un informe sobre la aplicación de la presente ley.
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