Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria tercera
45 / 46En vigor desde 22 dic 2014
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley los ayuntamientos deberán delimitar la zona urbana e interurbana de sus respectivos términos municipales a los únicos efectos del transporte público urbano e interurbano de personas en vehículos de turismo por medio de taxi.
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Proeli/es-mc/l/2014/11/27/10#disposicion-transitoria-tercera