Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 46En vigor desde 15 jun 2025
El objeto de esta ley es la regulación de los servicios de transporte público urbano e interurbano de viajeros, realizados en vehículos de turismo por medio de taxi y del arrendamiento de vehículos con conductor, que transcurran íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Se modifica por el art. único.2 del Decreto-ley 2/2025, de 12 de junio. Ref. BORM-s-2025-90140
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2014/11/27/10#art-1