Título TÍTULO II
Art. 4
4 / 19En vigor desde 27 dic 2014
1. El ejercicio de las competencias atribuidas a la Administración pública de Canarias en materia económica, laboral y social se efectuará con la participación de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a través de órganos colegiados.
2. Se incluyen dentro de la política laboral y social los siguientes ámbitos de participación:
a) Trabajo.
b) Empleo.
c) Empresas de Economía Social.
d) Prevención de Riesgos Laborales.
e) Personas trabajadoras emigrantes e inmigrantes.
f) Formación Profesional.
g) Cualquier otra materia de política laboral o social.
3. Asimismo, se determinan como ámbitos de participación los relativos al fomento del desarrollo económico, políticas sectoriales, sociales y otras materias con incidencia en el ámbito laboral y empresarial.
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Proeli/es-cn/l/2014/12/18/10#art-4