Art. 4
Título TÍTULO II

Art. 4

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En vigor desde 27 dic 2014
1. El ejercicio de las competencias atribuidas a la Administración pública de Canarias en materia económica, laboral y social se efectuará con la participación de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a través de órganos colegiados. 2. Se incluyen dentro de la política laboral y social los siguientes ámbitos de participación: a) Trabajo. b) Empleo. c) Empresas de Economía Social. d) Prevención de Riesgos Laborales. e) Personas trabajadoras emigrantes e inmigrantes. f) Formación Profesional. g) Cualquier otra materia de política laboral o social. 3. Asimismo, se determinan como ámbitos de participación los relativos al fomento del desarrollo económico, políticas sectoriales, sociales y otras materias con incidencia en el ámbito laboral y empresarial.
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