Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 10 oct 2014
Las solicitudes de permisos, autorizaciones, concesiones, prórrogas, transmisiones y ampliaciones presentadas antes de la entrada en vigor de esta ley se han de continuar tramitando de conformidad con la normativa anterior. Las personas interesadas podrán solicitar la aplicación de la normativa posterior.
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