Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 65
65 / 86En vigor desde 10 oct 2014
Sin perjuicio de las infracciones tipificadas en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas, constituyen infracciones administrativas, en el ámbito de las Illes Balears, las acciones u omisiones que contravengan las obligaciones que establece la presente ley.
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Proeli/es-ib/l/2014/10/01/10#art-65