Art. Disposición final primera
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Apoyo a la consolidación del proyecto empresarial

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 26 oct 2013
Para la correcta aplicación de lo dispuesto en el título II de esta ley, y en aras de la seguridad jurídica, el Gobierno de La Rioja, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, aprobará una relación detallada de los procedimientos y trámites relacionados con la creación e instalación de empresas.
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