Art. 22
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Apoyo a la consolidación del proyecto empresarial

Art. 22

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En vigor desde 26 oct 2013
En el marco de los procedimientos específicos para la compensación de deudas de naturaleza pública, las empresas constituidas por emprendedores o trabajadores autónomos podrán solicitar la compensación de las deudas que mantengan con la Administración regional con los créditos reconocidos por esta a su favor por actos administrativos, ya tengan origen tributario o no tributario.
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eli/es-ri/l/2013/10/21/10#art-22