Art. Disposición final quinta
Título TÍTULO II

Art. Disposición final quinta

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En vigor desde 22 nov 2012
La presente Ley se dicta al amparo de las competencias del Estado en materia de Administración de Justicia, legislación procesal y Hacienda Pública del artículo 149.1. 5.ª, 6.ª y 14.ª de la Constitución.
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