Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO I

Art. Disposición adicional cuarta

193 / 211
En vigor desde 31 dic 2011
Con el objetivo de hacer plenamente efectivas las determinaciones de la Ley 29/2010, de 3 de agosto, de uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña, las entidades del sector público de Cataluña deben promover el uso de la factura electrónica como condición de ejecución de los contratos del sector público.
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