Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 95
95 / 211En vigor desde 31 dic 2011
Se modifica el apartado 1 del artículo 59 de la Ley 11/2009, que queda redactado del siguiente modo:
«1. Los órganos de la Administración de la Generalidad competentes para ejercer las potestades sancionadoras que le atribuye la presente ley son los órganos centrales y territoriales dependientes del departamento competente en materia de espectáculos públicos y de actividades recreativas.»
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2011/12/29/10#art-95