Art. 76
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 76

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En vigor desde 31 dic 2011
Se modifica el apartado 4 de la disposición final tercera de la Ley 12/2008, que queda redactado del siguiente modo: «4. Se faculta al consejero o consejera del departamento competente en materia de seguridad industrial para establecer, si procede, el importe máximo de las tarifas a las que se refiere el artículo 28.»
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