Art. 39
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 39

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En vigor desde 31 dic 2011
Se modifica el artículo 142 del texto único de la Ley del deporte, que queda redactado del siguiente modo: «Artículo 142. Los miembros del Tribunal Catalán del Deporte son nombrados por el secretario o secretaria general del Deporte: tres miembros a propuesta del Consejo de los Ilustres Colegios de Abogados de Cataluña; dos miembros a propuesta de la Unión de Federaciones Deportivas de Cataluña, y dos miembros a propuesta del Colegio Oficial de Profesores y Licenciados de Educación Física de Cataluña.»
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