Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 183
183 / 211En vigor desde 31 dic 2011
Se añade un apartado, el 6, al artículo 67 de la Ley 26/2010, con el siguiente texto:
«6. El trámite de audiencia a los ciudadanos establecido por este artículo no es aplicable a las disposiciones que regulan los órganos, los cargos y las autoridades del Gobierno, y tampoco a las disposiciones orgánicas de la Administración de la Generalidad o de los organismos que tiene adscritos o que dependen de la misma.»
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Proeli/es-ct/l/2011/12/29/10#art-183