Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 122
122 / 211En vigor desde 31 dic 2011
Se modifica el apartado 3 del artículo 33 de la Ley 33/2010, que queda redactado del siguiente modo:
«3. Los equipamientos juveniles son los espacios físicos de titularidad de las administraciones públicas o entidades sin ánimo de lucro donde se prestan los servicios juveniles. En los equipamientos juveniles también se acoge y se dinamiza a las entidades juveniles.»
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2011/12/29/10#art-122