Art. 27
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 27

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En vigor desde 22 dic 2011
Se promoverá la acción voluntaria corporativa, que es aquella que se desarrolla por empresas en el entorno económico y social de su actividad mediante la adscripción de las trabajadoras y trabajadores de las mismas que, de modo totalmente libre, desinteresado, altruista y solidario, decidan contribuir a la realización de programas o proyectos de acción voluntaria promovidos por dichas empresas a través de entidades de acción voluntaria preexistentes o de nueva creación.
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