Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 75
75 / 115En vigor desde 18 may 2011
Las Cajas de Ahorros deberán hacer público con carácter anual un informe de gobierno corporativo, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable, que será objeto de comunicación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y, en el plazo de un mes desde su aprobación por el Consejo de Administración, a la consejería competente en materia de economía y hacienda.
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Proeli/es-cn/l/2011/05/10/10#art-75