Art. 61
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 61

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En vigor desde 18 may 2011
La Comisión de Control tiene por objeto cuidar que la gestión del Consejo de Administración se cumpla con la máxima eficacia y precisión, dentro de las líneas generales de actuación señaladas por la Asamblea General y de las directrices emanadas de la normativa financiera, de la presente Ley y de las disposiciones estatutarias.
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