Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria tercera

185 / 203
En vigor desde 14 ago 2010
1. Las y los aspirantes que accedan a la función pública de la administración de la Generalitat mediante las convocatorias en curso a la entrada en vigor de esta ley, quedarán integrados en el cuerpo, agrupación profesional funcionarial o escala correspondiente al puesto de trabajo al que optan de acuerdo con los criterios establecidos en la presente ley. 2. Idéntica previsión será de aplicación a los procedimientos de provisión de puestos de trabajo que se encuentren vigentes en el momento de la entrada en vigor de la presente ley.
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