Art. 122
Título TÍTULO IX

Art. 122

122 / 203
En vigor desde 14 ago 2010
El personal funcionario de carrera puede hallarse en alguna de las siguientes situaciones: a) Servicio activo. b) Servicios especiales. c) Servicio en otras administraciones públicas. d) Excedencia voluntaria. e) Excedencia forzosa. f) Expectativa de destino. g) Suspensión de funciones.
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eli/es-vc/l/2010/07/09/10#art-122