Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 28
28 / 45En vigor desde 14 jun 2010
1. La Comisión Interdepartamental de Inmigración es el órgano de coordinación de las políticas de acogida e integración, se adscribe al departamento que tiene asignadas las funciones en materia de inmigración y depende orgánicamente del órgano activo competente en materia de inmigración.
2. La composición y funciones de la Comisión Interdepartamental de Inmigración han de establecerse por reglamento, debiéndose ajustar su régimen jurídico a las normas administrativas sobre órganos colegiados.
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Proeli/es-ct/l/2010/05/07/10#art-28