Art. 46
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 46

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En vigor desde 20 nov 2010
El fomento de la I+D+i por la Junta de Extremadura tendrá como principios de acción: a) Amparar la investigación como fuente de generación de producción científica y de desarrollo tecnológico. b) Desarrollar aquellas áreas estratégicas y emergentes que conduzcan a la generación de conocimiento para la región. c) Promover la formación y la capacitación investigadora y fortalecer el capital humano dedicado a la I+D+i en la región. d) Dotar de la infraestructura y el entorno científico adecuados para el desarrollo de una investigación de excelencia. e) Impulsar al sector empresarial en la generación de conocimiento científico-técnico. f) Facilitar la transferencia de conocimientos al tejido productivo y a la sociedad. Para la consecución de estos principios se establecerán las correspondientes medidas en los distintos ámbitos de actuación.
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