Art. 32
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 32

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En vigor desde 20 nov 2010
Las agrupaciones de empresas que constituyan una cadena de valor, como la combinación en un espacio geográfico o sector industrial concreto de empresas involucradas en procesos de intercambio colaborativo, dirigidos a obtener ventajas y/o beneficios derivados de la ejecución de proyectos conjuntos de carácter innovador, cuya actividad se organizará en torno a un mercado o segmento de mercado objetivo y/o a una rama o sector científico-tecnológico de referencia, que permita asegurar la competitividad y visibilidad internacionales a las empresas que lo integran, son el modelo de organización fundamental para la implementación de la innovación en el tejido empresarial extremeño; y por tanto son considerados agentes del SECTI.
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