Título TÍTULO V
Art. Disposición derogatoria única
45 / 48En vigor desde 15 ene 2009
A la entrada en vigor de esta ley queda derogada la Ley 2/1990, de 16 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Castilla y León y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en la misma.
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Proeli/es-cl/l/2008/12/09/10#disposicion-derogatoria-unica