Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final segunda
85 / 85En vigor desde 19 feb 2009
La presente ley entrará en vigor en el plazo de tres meses desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2008/11/03/10#disposicion-final-segunda