Art. Disposición derogatoria
Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición derogatoria

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En vigor desde 1 ene 2009
Se derogan: a) La Ley 40/1991, de 30 de diciembre, del Código de Sucesiones por causa de muerte en el derecho civil de Cataluña. b) Los artículos 34 y 35 de la Ley 10/1998, de 15 de julio, de uniones estables de pareja. c) La letra b del artículo 531-26.1 del libro quinto del Código civil de Cataluña. En consecuencia, las letras c y d de este artículo pasan a ser, respectivamente, las letras b y c. d) El artículo 569-40 del libro quinto del Código civil de Cataluña. e) Los apartados 5 y 7 del artículo 569-41 del libro quinto del Código civil de Cataluña. En consecuencia, el apartado 6 de este artículo pasa a ser el apartado 5.
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