Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección segunda. La institución de heredero bajo condición
Art. 423
73 / 398-17
En vigor desde 1 ene 2009
Las condiciones ilícitas se tienen por no formuladas, pero, si resulta claramente que el cumplimiento de la condición ilícita es motivo determinante de la institución de heredero, esta es nula.
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Proeli/es-ct/l/2008/07/10/10#art-423-16