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Art. 422
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En vigor desde 1 ene 2009
1. El testamento puede devenir ineficaz por causa de preterición errónea, a instancia del legitimario preterido, en los casos establecidos por el artículo 451-16.2.
2. Es aplicable a la acción de preterición lo establecido por el artículo 422-3.3.
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Proeli/es-ct/l/2008/07/10/10#art-422-6