Art. 5
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 17 mar 2008
El sistema de protección del origen y la calidad de los vinos que la presente ley establece se basa en los siguientes principios: a) Asegurar la calidad y mantener la diversidad de los vinos. b) Proporcionar a los operadores condiciones de competencia leal. c) Garantizar la protección de y el cumplimiento del principio general de veracidad y demostrabilidad de la información que figure en el etiquetado. d) Permitir la progresión de los vinos en diferentes niveles con un grado de requisitos creciente, de modo que cada nivel implique mayores exigencias que el inmediatamente inferior. e) Contar con un sistema de control.
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eli/es-an/l/2007/11/26/10#art-5