Art. Disposición adicional décima
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional décima

85 / 94
En vigor desde 1 ene 2007
Las subvenciones en materia de vivienda se regirán por su normativa específica, sin perjuicio de la aplicación supletoria de esta Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/2006/07/17/10#disposicion-adicional-decima