Art. Disposición transitoria única
2 / 4En vigor desde 19 dic 2006
Hasta tanto se proceda a la constitución de los consejos reguladores de vinos de Canarias como corporaciones de derecho público, continuarán en funcionamiento los consejos reguladores de las denominaciones de origen de vino ya existentes, con su configuración actual.
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Proeli/es-cn/l/2006/12/11/10#disposicion-transitoria-unica