Art. 4
4 / 8En vigor desde 4 ene 2007
El colegio procurará y fomentará el uso del gallego en todas sus comunicaciones externas e internas, según lo establecido en el Estatuto de autonomía de Galicia y la regulación de normalización lingüística.
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Proeli/es-ga/l/2006/12/01/10#art-4