Art. 9
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Plan general de puertos

Art. 9

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En vigor desde 27 jul 2014
El Plan general de puertos de las Illes Balears se divide en cuatro secciones: la sección de Mallorca, la de Menorca, la de Ibiza y la de Formentera. Cada sección recogerá todas las instalaciones portuarias, dársenas e instalaciones marítimas de las cuatro islas principales y, si corresponde, de las islas o los islotes adyacentes. Se modifica por el art. único.4 de Ley 6/2014, de 18 de julio. Ref. BOE-A-2014-8819

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eli/es-ib/l/2005/06/21/10#art-9