Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional tercera
27 / 32En vigor desde 15 abr 2003
En el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley se extinguirá el Servicio Regional de Colocación.
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Proeli/es-cl/l/2003/04/08/10#disposicion-adicional-tercera