Título TÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
33 / 33En vigor desde 14 dic 2002
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2002/12/12/10#disposicion-final-segunda