Capítulo CAPÍTULO III
Art. 13
13 / 64En vigor desde 18 nov 2001
El Presidente ostenta la representación de la Cámara, impulsa y coordina la actuación de todos sus órganos, y preside los órganos colegiados. Velará por el correcto cumplimiento de las funciones de la Cámara, por el respeto a las leyes y al Reglamento de Régimen Interior. Le corresponde, asimismo, la ejecución de sus acuerdos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2001/10/11/10#art-13