Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 23
24 / 96En vigor desde 15 mar 2001
La planificación de la gestión de los residuos por la Generalidad persigue la coordinación entre las diferentes administraciones públicas con competencias en este ámbito, habida cuenta de la incidencia económica, social, cultural, ecológica y territorial de la gestión integral de los residuos, para lograr el cumplimiento de los siguientes objetivos:
a) Prevenir o reducir la producción de residuos y su nocividad.
b) Garantizar que todo residuo susceptible de ser valorizado se destinará a tales fines, fomentando la recogida selectiva, la reutilización, recuperación, el reciclado y el uso como fuente de energía.
c) La determinación y distribución en el territorio del conjunto de instalaciones de gestión necesarias para garantizar los principios de autosuficiencia y proximidad en la gestión de residuos generados en la Comunidad Valenciana.
d) Evitar el depósito incontrolado de residuos.
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Proeli/es-vc/l/2000/12/12/10#art-23