Título TÍTULO III
Art. 28
28 / 39En vigor desde 11 dic 1998
Será pública la acción para exigir ante los órganos competentes en materia de Ordenación del Territorio y ante los Tribunales Contencioso-Administrativos, la observancia de esta Ley y del contenido de los instrumentos de ordenación del territorio previstos en ella.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/1998/12/05/10#art-28