Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección cuarta. Procedimiento disciplinario
Art. Disposición transitoria sexta
95 / 101En vigor desde 16 jul 2005
Hasta el 31 de diciembre de 2008 pueden realizarse convocatorias específicas de acceso a las categorías de cabo, de sargento, de subinspector o subinspectora y de inspector o inspectora por el sistema de concurso oposición, para los funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que presten servicios en el ámbito territorial de Cataluña, que tengan como mínimo la categoría equivalente y la titulación adecuada, y que superen un curso específico impartido por la Escuela de Policía de Cataluña y, si procede, un período de prácticas, de acuerdo con lo que establezca la convocatoria correspondiente. Al finalizar este período, el número de plazas que se hayan cubierto por este sistema no puede ser superior al quince por ciento de la plantilla en cada categoría.
Se añade por el de la Ley 11/2005, de 7 de julio. Ref. BOE-A-2005-14081 .
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Proeli/es-ct/l/1994/07/11/10#disposicion-transitoria-sexta