Art. Disposición transitoria segunda
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección cuarta. Procedimiento disciplinario

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 10 jul 1994
Los expedientes disciplinarios en trámite a la entrada en vigor de la presente Ley se regulan por las disposiciones anteriores, salvo que las de la presente norma sean más beneficiosas.
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