Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección cuarta. Procedimiento disciplinario
Art. Disposición adicional tercera
84 / 101En vigor desde 10 jul 1994
En su caso, las funciones del Cuerpo de «Mossos d’Esquadra» pueden ser ejercidas por funcionarios procedentes de la Administración del Estado que se integren en el citado Cuerpo, en las condiciones que se establecen en la legislación aplicable a los funcionarios de la Generalidad.
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Proeli/es-ct/l/1994/07/11/10#disposicion-adicional-tercera